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martes, julio 12, 2016

fábricas de Beceite, Solfa, Morató, Noguera

fábricas de Beceite, Solfa


fábricas de Beceite, Noguera


En Beceite sus nueve fábricas fueron:

Cremada, Martí, Molí del Toscá, Taragaña, Noguera, Solfa, Batá, Morató y Pon Nou.

Benedicto XIII, el Papa Luna, en el año 1411 concedía a su médico particular, el converso Jerónimo de Santa Fe, los derechos del molino para paños en “Bezeyt”, perteneciente al arzobispo de Zaragoza.

Esta es la primera referencia escrita sobre los molinos en Beceite.

A finales del siglo XVIII y principios del XIX existió una floreciente industria del papel. En 1804 se inauguraba la última de un total de nueve fábricas.

La fabricación artesanal producía un papel de calidad, y por ello trabajaron para Heraclio Fournier en la elaboración de naipes; fabricaron papel moneda para el Estado; Goya utilizaba papel de Beceite para sus grabados

La producción principal llegaba a los grandes centros de consumidores de Barcelona, Valencia, Madrid y Bilbao por medio de carretas en viajes que duraban varios días. Las primeras fábricas de papel eran de una, dos o más tinas para fabricar la pasta de papel, hasta la llegada de la pila holandesa durante el siglo XIX, que se instaló en todas las fábricas y se utilizó hasta 1970.

En 1978 ya no se trabajó más, muchas familias se trasladaron a Cheste, Valencia.

jueves, agosto 30, 2012

Juan Antonio Florensa se defiende

Juan Antonio Florensa se defiende

Fuente (ya NO está disponible)
http://www.lacomarca.net/index.php?option=com_content&view=article&id=8861:saltos-del-ega-se-defiende-y-dice-que-no-contamino-el-rio-matarrana&catid=88:matarrana-matarranya&Itemid=792

Domingo, 05 de Agosto de 2012 00:00

Emma Zafón

La defensa de Juan Antonio Florensa, empresario condenado a dos años de prisión y 2.400 euros de multa por contaminar el río Matarraña, ha presentado varios informes con los que pretende demostrar que la empresa Saltos Del Ega no perjudicó el paraje conocido como ‘El Batán’. La sentencia se dictaminó el 18 de julio, poniendo fin a un proceso que empezó en 2007 cuando un Agente de Protección de la
Naturaleza denunció el posible deterioro de un tramo del río Matarraña.
Pese a que el Ministerio Fiscal pedía una pena mayor para el condenado y sus dos socios (que fueron absueltos), la condena se acabó reduciendo tres años. Los documentos presentados por el abogado de la defensa, Jaume Martín, no suponen un recurso a la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Teruel. Cuando el condenado aceptó la pena se quedó sin derecho a recurrirla.

Sin embargo, eso no quita que la defensa de los tres acusados busque lavar la imagen de Saltos Del Ega presentando un extenso dossier de las pruebas biológicas hechas por diferente empresas especializadas.
El documento atribuye a los usos turísticos y agrícolas del río el hecho de que la flora se haya deteriorado en las últimas décadas. Asimismo, se encarga de explicar que la actividad industrial de la planta ahora
cerrada no es la responsable de la desaparición de la población de truchas, sino que estos animales no viven en el río Matarraña desde hace años debido a las condiciones del mismo.
Según la defensa, el responsable de que se haya culpado a Juan Antonio Florensa de un delito ambiental «que no cometió» es el Agente de Protección de la Naturaleza (APN) que cursó la denuncia en 2007.

Informes medioambientales

Los informes que se adjuntan en la documentación de la defensa están elaborados por la Facultad de Veterinaria de la Universidad de Zaragoza, el Centro de Estudios Avanzados de Blanes del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, la Universidad de Barcelona, el equipo de biodiversidad del servicio Provincial de Medio Ambiente de la DGA en Teruel y Sodemasa. Asimismo, el informe cuestiona la labor del APN que cursó la demanda.
En primer lugar y respecto al informe de la Facultad de Veterinaria de la Universidad de Zaragoza, los expertos han determinado que el río no está deteriorado solo en el tramo donde estaba ubicada la planta de combustión de biomasa, sino que las malas condiciones alcanzan al conjunto de la flora y la fauna.
En la confluencia de los ríos Matarraña y Ulldemó, donde se ubicaba la empresa, el informe ha establecido que «se cumplen los límites establecidos en la legislación y unos valores medios aptos para la vida piscícola».
Por su parte, el Centro de Estudios Avanzados de Blanes ha determinado que no existen pruebas de que los vertidos que han causado daños en el río procedan de la empresa Saltos Del Ega. El informe de estos especialistas establece que el río se ve afectado por el impacto del estiaje, la sequía y la captación de aguas para usos agrícolas.
También concluye que el río está claramente degradado pero que no se puede concretar los motivos que han causado tal perjuicio. A lo largo de la última década, la comunidad de macroinvertebrados se ha reducido en un 49,59%.
En lo que respecta a la colonia de truchas que debía haber en la cuenca del Matarraña, el jefe del equipo de biodiversidad de la DGA ha concluido que en la confluencia del río con el Ulldemó nunca
existieron frezaderos de desove en los tramos cercanos. Por su parte, la Universidad de Barcelona ha probado que la fauna del río no desaparece solamente en el tramo de ‘El Batán’ supuestamente
afectado por la empresa Saltos Del Ega. Tampoco hay presencia de los mismos en el resto del río. El informe ha resuelto que «algunas especies de peces se expanden río arriba en busca de hábitats más adecuados, donde las aguas no están afectadas por los impactos ecológicos de los vecinos de la zona y visitantes de Beceite, cuya población se triplica en verano».

Registros no concluyentes

El abogado de la defensa del caso, Jaume Martín, ha reiterado que ni el APN denunciante ni los efectivos del SEPRONA pudieron demostrar que la planta denunciada utilizara materiales nocivos para generar energía. Así, dice que en Saltos Del Ega no había materiales almacenados como radiografías, neumáticos plásticos ni cables, que supuestamente habrían quemado los acusados. Además y como parte de la defensa, en el juicio compareció el ex teniente de alcalde de Beceite, Ramón San Martín, quien especificó que en el río Matarraña nunca ha habido truchas autóctonas.
Afirmó que ni él ni ningún otro vecino percibieron malos olores o ruidos procedentes de la planta.
* Más información en la edición impresa.

jueves, julio 19, 2012

El director de la planta contaminante elude la cárcel

El director de la planta contaminante elude la cárcel

 
El director de la planta contaminante elude la cárcel

Fuente:

http://www.elperiodicodearagon.com/noticias/aragon/el-director-de-planta-contaminante-elude-carcel_774797.html

F. MONTERO 19/07/2012 

El director técnico de una planta de combustión de cáscaras de almendra y biocombustible, José Antonio Florensa Gari, aceptó una condena a dos años de prisión y a una multa de 2.400 euros como autor de un delito contra la naturaleza. Una sentencia "pactada" entre la Fiscalía de la Audiencia y el abogado defensor del condenado. Los otros dos acusados, el matrimonio propietario de la
empresa, quedaron absueltos.

El matrimonio formado por Margarita Epenza de Goñi y Jesús María Aramendía Echavarri, como socios y administradores de la empresa navarra Saltos del Ega S. A., comparecieron ayer ante la Audiencia junto con su empleado, el director técnico de la planta de Beceite, acusados de un delito contra el medio ambiente por el que pedía una condena de 5 años de prisión para cada uno de ellos.
Sin embargo al inicio de la vista, el fiscal responsable de Medio Ambiente, Jorge Moradell, y cuando estaban previstas dos largas jornadas de juicio oral con numerosos peritos y testigos, ofreció a la defensa una condena mínima para solamente uno de los tres encausados.
El defensor de los tres acusados, el letrado barcelonés Jaume Martín Puchol, que solicitó inicialmente la libre absolución de todos ellos por considerar que no había delito, aceptó en aras del "pacto" con la
Fiscalía que el director técnico asumiera parte "de culpa que no le correspondía" para cerrar este asunto.

MEDIO AMBIENTE 

Por su parte, los propietarios de la planta eludieron cualquier tipo de responsabilidad penal.
Una condena de dos años por cuestiones de índole administrativa, como en la gestión de documentación fuera de plazo. En el "pacto" se incluyó la inhabilitación por dos años del director técnico, que no tendrá que ingresar en prisión al carecer de antecedentes.
La vista finaliza el largo proceso iniciado ante los problemas medioambientales detectados por el forestal de Beceite, Espinete, que descubrió que habían desaparecido los peces del río Matarraña en su confluencia con el río Ulldemó.
El delito se les atribuyó al ser los responsables de una planta de semi incineración de biomasa y cáscaras de almendra de "tipo experimental" ubicada desde 2003 a unos quinientos metros de aquel
lugar, y a la que se responsabilizó de vertidos que causaron la desaparición de truchas y otros peces y daños en vegetación y fauna.
Sin embargo, según señaló el abogado defensor, esa planta, que carece de subvenciones de dinero público, no realiza vertidos sino que sus residuos son de carácter no tóxico y son recogidos por un gestor. Además la planta por su carácter experimental apenas funciona quince días al año.

 

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